22 de enero de 2013

Suspensión

DERECHO PROCESAL PENAL
Código Orgánico Procesal Penal. 1 enero 2.013. GO 6.078.

Suspensión condicional: ejecución de la pena.
Esta figura legal consiste en suspender la pena que está cumpliendo una persona para que así pueda obtener una libertad condicional. Para que pueda proceder la suspensión condicional de la ejecución de la pena, deben de concurrir 5 requisitos que establece el Código Orgánico Procesal Penal, entre los cuales están los siguientes:

- Que la pena impuesta en la sentencia no exceda de 5 años.

- Que el penado se comprometa a cumplir determinadas condiciones que establecerá el tribunal o un delegado de prueba; entre otros requisitos.

Si la suspensión condicional de la ejecución de la pena se aprueba, el penado obtiene su libertad condicional, constituyéndose dicha libertad en un plazo de régimen de prueba que no puede ser inferior a 1 año ni superior a 3 años.

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