6 de febrero de 2013

Presidio

DERECHO PENAL

Presidio. En Venezuela no existe la pena de presidio como lo contempla el Artículo 12 del Código Penal; entiéndase dicha pena como trabajos forzosos dentro o fuera del respectivo establecimiento.

Cuando un Artículo establece pena de presidio, la pena aplicable al reo es la de prisión; es lo único que cambia, porque el tiempo que debe cumplir el reo de acuerdo a la mencionada pena de presidio, es el mismo tiempo que cumplirá en la pena de prisión.

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