27 de mayo de 2013

Acc. a inf. y datos

DERECHO CONSTITUCIONAL

De los derechos humanos y garantías, y de los deberes 

Acceso a información y datos. Esto es lo que se conoce como el "hábeas data" o "habeas data", el cual protege el derecho a la información.

Toda persona tiene el derecho: 

- de acceder a la información y a los datos que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en registros oficiales, o en registros privados, con las excepciones establecidas en la ley;

- de conocer el uso que se haga de los mismos, y su finalidad; y

- de solicitar ante el tribunal competente la actualización, la rectificación, o la destrucción de aquéllos, si fuesen erróneos, o afectasen ilegítimamente sus derechos.

Igualmente, toda persona podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comunidades, o para grupos de personas.

Queda a salvo el secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones que determine la ley venezolana.

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