23 de mayo de 2013

Áre. de resg. de evid.

DERECHO PROCESAL PENAL

Áreas de resguardo de evidencias. En cada órgano de investigación penal se destinará un área para el resguardo de las evidencias que se recaben durantes las respectivas investigaciones penales, definido de acuerdo con las especificaciones del Manual de Procedimientos en materia de Cadena de Custodia de Evidencias.

El Tribunal Supremo de Justicia, a través del órgano del Poder Judicial que designe, tendrá a su cargo la instalación y funcionamiento en cada circuito judicial penal de un área debidamente acondicionada para el resguardo de las evidencias que se relacionen con los casos en los cuales se admita la acusación del Fiscal del Ministerio Público. (...)

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