27 de mayo de 2013

Det. sin orden escr.

DERECHO PENAL

De los delitos contra la libertad individual

Detención sin orden escrita. El funcionario público que rigiendo un establecimiento penitenciario, o un establecimiento penal, reciba en calidad de preso, o en calidad de detenido, a alguna persona, sin orden escrita por parte de la autoridad competente, o se niegue a obedecer una orden escrita de excarcelación emanada de la misma autoridad: será castigado con prisión de cuatro a seis meses.

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