16 de mayo de 2013

Riña tumultuaria

DERECHO PENAL

Riña tumultuaria. Cuando en una refriega entre varias personas, resulte alguien muerto, o con una lesión personal, todos los que agredieron al muerto, o al herido, serán castigados con las penas correspondientes al delito cometido.

Los que tomaron parte en la refriega sin agredir al herido (solamente con ver), serán castigados con prisión de uno (1) a tres (3) años, en caso de homicidio; y de 1 (uno) a seis (6) meses, en el caso de lesiones personales.

Las penas que se la aplicarán al provocador de la refriega serán aumentadas en una tercera parte.

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