26 de septiembre de 2014

Criminalística XV

MANCHAS EN GENERAL (II)

Las manchas orgánicas se producen con sustancias que provienen del organismo humano o de cualquier ser viviente, incluso los vegetales de cualquier índole. Entre este tipo de manchas las más importantes son de sangre, semen, orina, obstétricas (líquido amniótico, vernix caseosa y meconio), sudor, fecales, saliva, vómito, mucosa nasal, cerumen, Etc. Algunas de ellas, en buenas condiciones, son útiles para realizar la técnica del ADN y establecer el código genético para efectos de identificación de la persona que lo produjo.

BIBLIOGRAFÍA: Montiel, Criminalística I, 2012, P.75.

Art. 57

LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN

DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA APLICACIÓN DE ESTA LEY

Capítulo II
Otros Delitos Contra el Patrimonio Público 

Delito de MALVERSACIÓN DE FONDO AGRAVADA - 57

El funcionario público por dar ilegalmente a los fondos o rentas a su cargo una aplicación pública diferente a la presupuestada o destinada, causare daño o entorpeciera algún servicio público, será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años.  

Fuente. Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial No. 5637 extraordinario del 7 de abril de 2003.