DERECHO PENAL
LIBRO TERCERO
De las Faltas en General
TÍTULO I
De las Faltas Contra el Orden Público
Capítulo I
De la Desobediencia
a la Autoridad
Art. 486.- CEREMONIAS RELIGIOSAS FUERA DEL LUGAR
APROPIADO
Todo individuo que, con desprecio de las
prohibiciones legales de la autoridad competente, haya promovido o dirigido
ceremonias religiosas fuera de los lugares destinados al culto o procesiones,
así civiles como religiosas, en plazas, calles u otras vías públicas, será
penado con multa de veinte unidades tributarias (20 U.T.) a cien unidades
tributarias (100 U.T.). Si el hecho hubiere ocasionado tumulto público, el
culpable será castigado con arresto hasta por treinta días.
Fuente: Código
Penal. 13-04-2005. Gaceta Oficial No. 5768.
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela - Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
18 de noviembre de 2014
Divulgación
DIVULGACIÓN NO AUTORIZADA DE DATOS RESERVADOS
Es muy frecuente esta forma delictiva dentro del mundo de los negocios y entre empresas y corporaciones a través del cual se puede comerciar con una información de interés, como podría ser la divulgación de fórmulas farmacéuticas, de invenciones, o de datos de cualquier naturaleza catalogados como confidenciales.
Fuente: SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. Moira E. MARTÍNEZ A. P.428.
Es muy frecuente esta forma delictiva dentro del mundo de los negocios y entre empresas y corporaciones a través del cual se puede comerciar con una información de interés, como podría ser la divulgación de fórmulas farmacéuticas, de invenciones, o de datos de cualquier naturaleza catalogados como confidenciales.
Fuente: SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. Moira E. MARTÍNEZ A. P.428.
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