13 de octubre de 2015

Real. Ideal

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C04-0270 N° de Sentencia: 458
Tema: Concurso de Delitos
Materia: Derecho Penal
Asunto: Concurso real y concurso ideal.

Existe concurso ideal o formal de delitos cuando con el mismo acto se violan dos o más disposiciones penales.

Hay concurso real o material de delitos cuando con varios actos se violan varias disposiciones penales, o varias veces la misma disposición.

De lo expuesto se desprende que la diferencia entre ambas concurrencias de los delitos se encuentra en la unidad o pluridad de actos o hechos: estamos en presencia de un concurso real si hay varios actos o varios hechos y del concurso ideal si hay un sólo acto o hecho, ya que la violación de una o varias disposiciones legales es necesaria para ambos.

En el caso del concurso real es necesario que cada uno de esos actos o hechos sean independientes uno del otro

Lunes, 18 de Julio de 2005

Secundaria 13-10-2015

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C03-0048 N° de Sentencia: 151
Tema: Complicidad
Materia: Derecho Penal
Asunto: Complicidad secundaria

Para que haya la complicidad del artículo 84 (complicidad secundaria, en la doctrina), la cooperación nunca debe ser necesaria para el autor que cometió el hecho.

Miercoles, 23 de Abril de 2003

No Necesario 13-10-2015

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C03-0048 N° de Sentencia: 151
Tema: Complicidad
Materia: Derecho Penal
Asunto: Complice no necesario

De manera que, quien facilite o entregue un arma a una persona, como en el caso concreto del acusado (...) que le facilitó el arma a (...) para cometer el delito, en el momento del aporte no presta una cooperación necesaria, pues el acusado (...) podía lograr otra arma para realizar el delito que cometió. En consecuencia su participación en este hecho es en grado de complicidad no necesaria, de acuerdo a lo previsto en los ordinales 2º y 3º del artículo 84 del Código Penal.

Miercoles, 23 de Abril de 2003

Correspectiva 13-10-2015

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C07-530 N° de Sentencia: 394
Tema: Complicidad
Materia: Derecho Penal
Asunto: Complicidad correspentiva-Aplicable en casos de homicidio y lesiones.

...la complicidad correspectiva, la cual se configura cuando en la perpetración de la muerte o las lesiones han tomado parte varias personas y no pudiere descubrirse quién las causó, castigándose a todos, en razón de tal circunstancia, con la pena correspondiente al delito cometido, disminuida de una tercera parte a la mitad.

Como se puede observar, la complicidad correspectiva, sólo está establecida para los delitos de homicidio y lesiones, cuando no se pueda determinar cuál de las personas que participaron en la comisión de los mismos fue la que causó la muerte o las lesiones.

Martes, 29 de Julio de 2008