12 de febrero de 2013

Delitos conexos. II

DERECHO PROCESAL PENAL

Delitos conexos. II. Se consideran como tal:

1. Los delitos cometidos como medio para perpetrar otro delito.

2. Los delitos cometidos como medio para facilitar la ejecución de otro.

3. Los delitos cometidos como medio para asegurar al autor, o a un tercero, el pago; beneficio; producto; precio ofrecido o cualquier otra utilidad.

4. Los delitos cometidos para procurar la impunidad de otro delito.

5. Los diversos delitos imputados a una misma persona.

6. Aquellos en que la prueba de un delito, o de alguna circunstancia relevante para su calificación, influya sobre la prueba de otro delito o de alguna de sus circunstancias.

7. Los delitos cometidos con daño recíproco de varias personas.

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