7 de febrero de 2017

7/2/2017 Diferencia

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

DIFERENCIA ENTRE LOS DELITOS GRAVES Y MENOS GRAVES

Las principales diferencias radican en la pena y en el procedimiento a aplicar: los delitos graves superan los 8 años del término máximo de la pena; y el término máximo de la pena en los delitos menos graves, es de 8 años o menos. Asimismo, los delitos menos graves están condicionados al procedimiento especial contemplado en el Libro Tercero del Código Orgánico Procesal Penal: del procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves; caso contrario ocurre en los delitos graves.

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Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

7/2/2017 289 COPP

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

PRUEBA
Es todo aquello que puede servir para el descubrimiento de la verdad en los hechos que son objeto de investigación.

PRUEBA ANTICIPADA
Está contemplada en el artículo 289 del Código Orgánico Procesal Penal. Es una excepción al principio de inmediación del proceso penal. Se realiza cuando se necesite practicar un reconocimiento, inspección o experticia, considerados como actos definitivos e irreproducibles, o cuando deba recibirse alguna declaración que se presuma que no podrá hacerse durante el juicio.

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Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

7/2/2017 Autores

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Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

MODOS DE PARTICIPACIÓN EN EL DELITO. TIPOS DE AUTORES

Autor directo.
Autor indirecto, que es el mismo autor mediato.
Coautor.
Instigador.
Cooperador inmediato.
Cómplice, que es el mismo cómplice simple.
Cómplice necesario.

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Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

7/2/2017 Principios Penales

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL VENEZOLANO

1.- Principio de la pena máxima: La pena restrictiva de libertad no excederá del límite máximo de 30 años.

2.- Principio de la inexcusabilidad: La ignorancia de la ley no excusa ningún delito ni falta.

3.- Principio del término medio aplicable: Cuando la ley castiga un hecho punible con pena entre dos límites, la pena normalmente aplicable es el término medio que se obtiene sumando los dos números y tomando la mitad.

4.- Principio de la no extradición: No se concederá por ningún motivo la extradición de los venezolanos.

5.- Principio de territorialidad de la ley venezolana: Todo el que cometa un hecho punible en Venezuela será castigado con arreglo a la ley venezolana.

6.- Principio de retroactividad de la ley penal: Las leyes penales tienen efecto retroactivo en cuanto favorezcan al reo.

7.- Principio de legalidad: Nadie podrá ser castigado por un hecho que no esté previsto como punible por la ley.

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Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

7/2/2017 Colectivos. Difusos

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Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

DERECHOS COLECTIVOS. DERECHOS DIFUSOS

…el criterio decisivo para determinar el contenido de los derechos colectivos, es el bien común, entendido este concepto como el conjunto de condiciones que permiten el disfrute de los derechos humanos y el cumplimiento de los deberes que les son conexos. La seguridad jurídica, la justicia, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social, la libertad, la igualdad, la no discriminación y la procura existencial mínima para poder vivir decentemente, en suma, el conjunto de condiciones que contribuya a hacer agradable y valiosa la vida (calidad de vida), constituyen la piedra de toque del conocimiento de los derechos colectivos.

El bien común no es la suma de los bienes individuales, sino aquellos bienes que, en una comunidad, sirven al interés de las personas en general de una manera no conflictiva, no exclusiva y no excluyente. “Vivir en una ciudad bella, por ejemplo, constituye un bien para sus habitantes, y se trata de un bien común porque su goce no disminuye el de los demás y porque no puede negarse a ninguno de sus habitantes” (cf. Joseph Raz, La ética en el ámbito de lo político, Barcelona, Gedisa, 2001, trad. de María Luz Melon, p. 65).

Por ello, los beneficiarios de los derechos colectivos son una agrupación de individuos subjetivamente indeterminados que gozan o pueden gozar de la satisfacción de un interés común. Esto significa que los derechos colectivos implican, obviamente, la existencia de sujetos colectivos, como las naciones, los pueblos, las sociedades anónimas, los partidos políticos, los sindicatos, pero también minorías étnicas, religiosas o de género que, pese a tener una “estructura organizacional, social o cultural”, pueden no ser personas jurídicas o morales en el sentido reconocido por el derecho positivo.

…los derechos o intereses difusos son indeterminados objetivamente, ya que el objeto jurídico de tales derechos es una prestación indeterminada, como ocurre en el caso de los derechos positivos, a saber, el derecho a la salud, a la educación o a la vivienda.

Un derecho o interés individual puede ser difuso cuando es indeterminado por su carácter más o menos general o por su relación con los valores o fines que lo informan.

…difuso no se opone a individual, ni se identifica con lo colectivo. Difuso se opone a concreto, claro o limitado; mientras que individual y colectivo se contrarían de manera patente.

Pero los derechos colectivos deben distinguirse de los derechos de las personas colectivas. Los derechos de las personas colectivas son derechos análogos a los derechos individuales, pues no se refieren a una agrupación de individuos sino a la persona jurídica o moral a quien se atribuyan los derechos. Del mismo modo que la protección de los derechos individuales beneficia el interés general, el beneficio del interés de una persona jurídica favorece a quienes participan en ella.

…cuando hablamos de derechos colectivos nos referimos más bien a los intereses de quienes no están organizados bajo la modalidad de las personas jurídicas o morales y ello comporta una diferencia adicional, a saber, la forma de su actuación. Mientras las personas jurídicas actúan por organicidad, las agrupaciones de individuos que tienen un interés colectivo obran por representación, aun en el caso de que ésta sea ejercida por un grupo de personas, pues el carácter colectivo de los derechos cuya tutela se invoca siempre excede al interés de aquél. Incluso la representación puede ser el objeto de alguna asociación, sociedad u organización que se constituye para tales fines. Las Organizaciones No Gubernamentales son un caso propio. Son personas colectivas que tienen por objeto representar agrupaciones de individuos cuyos intereses requieren protección, aunque también pueden actuar para determinar las prestaciones sociales o gubernamentales cuando se trate de intereses difusos. Un ejemplo de esto son las Organizaciones No Gubernamentales que trabajan para proteger o mejorar el medio ambiente (derecho de la naturaleza, de los animales o de las generaciones futuras)”.


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Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

7/2/2017 No. 490

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Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini


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7/2/2017 Sujeto pasivo. Objeto

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Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

SUJETO PASIVO DEL DELITO
Titular del interés jurídico que se lesiona o se pone en peligro.

ELEMENTO MATERIAL DEL DELITO. OBJETO MATERIAL DEL DELITO. OBJETO MATERIAL DE LA ACCIÓN
Es sobre quien va dirigida la acción: persona, animal o cosa sobre la que recae la acción del sujeto activo. No todos los delitos tienen objeto material; y en algunos casos, el objeto material del delito puede coincidir con el mismo sujeto pasivo.

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Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

7/2/2017 258 CRBV

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Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

MEDIDAS ALTERNATIVAS A LA PROSECUCIÓN DEL PROCESO PENAL

Son las siguientes: los acuerdos reparatorios; el principio de oportunidad; y la suspensión condicional del proceso.

El fundamento constitucional de estas medidas se encuentra en el único aparte del artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: La ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualesquiera otros medios alternativos para la solución de conflictos.

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7/2/2017 Doble A. C.

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Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

¿PROCEDE LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO DE UNA CAUSA CUANDO PREVIAMENTE SE HA DECRETADO EL ARCHIVO FISCAL?

Sí procede, pero no es lo correcto. La Dirección de Revisión y Doctrina del Ministerio Público ha considerado al respecto, lo siguiente: En aquellos casos en los que el Fiscal del Ministerio Público, luego de decretar el Archivo Fiscal -motivado por la carencia de fuentes probatorias para el ejercicio de otro acto conclusivo-, solicita el Sobreseimiento respecto a esa misma causa, sin que las circunstancias que dieron lugar al primer acto conclusivo hayan sido modificadas, se incurre en una verdadera incongruencia.

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7/2/2017 Procesal Penal [7]

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N° de Expediente: C08-461 N° de Sentencia: 455
Tema: Las Partes
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Cualidad para demandar al ex cónyuge
Miércoles, 23 de septiembre de 2009

... al estar disuelto el vínculo matrimonial, no existía otro estado civil o carácter distinto al de divorciados. Por ende, no puede interpretarse, como lo hizo de forma errada el Tribunal de Juicio, que la ciudadana... es cónyuge legalmente separada del ciudadano...

Importa advertir que el propio Código Civil, diferencia clara y definidamente, las instituciones del divorcio y de la separación de cuerpos. La primera subyace a través de sus causales, en el artículo 185 del citado instrumento legal; y la segunda, es atendida en el artículo 188, en la que debidamente instaurada ante el órgano judicial competente, suspende la vida la vida común de las personas casadas, culminando en divorcio, una vez cumplido 1 año, sin operarse la reconciliación entre cónyuges.

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7/2/2017 Desaparición [7]

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CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS

ARTICULO XVI
La presente Convención está abierta a la firma de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos.

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7/2/2017 Materias [7]

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Universidad Santa María, núcleo Oriente
Facultad: Derecho
Materias de Pregrado

SÉPTIMO SEMESTRE (7°)

Procesal Civil I
Procesal Penal I
Obligaciones III
Garantías
Contratos

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7/2/2017 P. Penal II [25]

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Guía de Derecho Procesal Penal II

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

TEMA 7

Artículo 318. Sobreseimiento. El sobreseimiento procede cuando:

1.- El hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado;

2.- El hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad;

3.- La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada;

4.- A pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado;

5.- Así lo establezca expresamente este Código.

Artículo 319. Efectos. El sobreseimiento pone término al procedimiento y tiene la autoridad de cosa juzgada. Impide, por el mismo hecho, toda nueva persecución contra el imputado o acusado a favor de quien se hubiere declarado, salvo lo dispuesto en el artículo 20 de éste Código, haciendo cesar todas las medidas de coerción que hubieren sido dictadas.

Artículo 320. Solicitud de Sobreseimiento. El Fiscal solicitará el sobreseimiento al Juez de Control cuando, terminado el procedimiento preparatorio, estime que proceden una o varias de las causales que lo hagan procedente. En tal caso, se seguirá el trámite previsto en el artículo 323.

Artículo 321. Declaratoria por el Juez de Control. El juez de control, al término de la audiencia preliminar, podrá declarar el sobreseimiento si considera que proceden una o varias de las causales que lo hagan procedente, salvo que estime que éstas, por su naturaleza, sólo pueden ser dilucidadas en el debate oral y público.

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7/2/2017 P. Penal II [24]

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Guía de Derecho Procesal Penal II

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

TEMA 7

Artículo 315. Archivo fiscal. Cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar, el Ministerio Público decretará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. De esta medida deberá notificarse a la víctima que haya intervenido en el proceso. Cesará toda medida cautelar decretada contra el imputado a cuyo favor se acuerda el archivo. En cualquier momento la víctima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes.

Parágrafo Único: En los casos de delitos en los cuales se afecte el patrimonio del Estado, o intereses colectivos y difusos, el fiscal del Ministerio Público deberá remitir al Fiscal Superior correspondiente, copia del decreto de archivo con las actuaciones pertinentes, dentro de los tres días siguientes a su dictado. Si el Fiscal Superior no estuviere de acuerdo con el archivo decretado, enviará el caso a otro fiscal a los fines de que prosiga con la investigación o dicte el acto conclusivo a que haya lugar.

Artículo 316. Facultad de la víctima. Cuando el fiscal del Ministerio Público haya resuelto archivar las actuaciones, la víctima, en cualquier momento, podrá dirigirse al juez de control solicitándole examine los fundamentos de la medida.

Artículo 317. Pronunciamiento del tribunal. Si el tribunal encontrare fundada la solicitud de la víctima así lo declarará formalmente, y ordenará el envío de las actuaciones al fiscal superior para que éste ordene a otro fiscal que realice lo pertinente.

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